Senado aprueba abrogar la Ley 1341: El peligroso camino hacia la militarización y el muro constitucional que llevaría a los autores a la cárcel

Senado aprueba abrogar la Ley 1341: El peligroso camino hacia la militarización y el muro constitucional que llevaría a los autores a la cárcel

En medio del estallido social, la Cámara Alta aprobó anular, abrogar la Ley 1341 que limita los Estados de Excepción. esta medida busca darle al Gobierno un «cheque en blanco» para sacar a los militares a las calles. Sin embargo, la Constitución y el Derecho Internacional advierten que las ejecuciones sumarias son imprescriptibles y la excusa de «obedecer órdenes» no salvará a nadie.

En una maniobra que ha encendido las alarmas de los defensores de derechos humanos, la Cámara de Senadores aprobó este domingo, de manera sorpresiva en Sucre, abrogar de la Ley N.º 1341 de Estados de Excepción. La norma, promulgada en 2020, es el principal candado jurídico que evita que los gobiernos abusen de las fuerzas militares y policiales durante conflictos sociales.

La iniciativa, impulsada por el legislador Carlos Alarcón (Unidad) y el presidente del Senado, Diego Ávila, argumenta que la ley actual deja al Estado «desprotegido» para actuar con rapidez frente al caos de los bloqueos. Con solo tres votos en contra (del bloque del vicepresidente Edmand Lara), el proyecto pasó a la Cámara de Diputados.

Pero, ¿qué pasaría realmente si Diputados sanciona esta abrogación y el presidente Rodrigo Paz la promulga? Un análisis detallado revela que eliminar esta ley en el día 20 de un bloqueo nacional es equivalente a «quitarle los frenos a un camión en bajada», aunque el conductor terminará inevitablemente estrellándose contra la Constitución.

1. El vacío legal: Militares como «primera opción» y tácticas de sitio

La Constitución otorga al Presidente la facultad de declarar un Estado de Excepción, pero es la Ley 1341 la que regula cómo debe hacerse para no convertirse en una dictadura temporal. Al abogar la 1341 genera un vacío legal con consecuencias letales:

  • Militares a las calles sin justificación (Art. 20 de la Ley 1341): La ley vigente establece que las Fuerzas Armadas solo pueden intervenir si la Policía Boliviana ha sido rebasada. Al eliminar este artículo, el Gobierno adquiere la facultad de enviar al Ejército como «primera opción» para despejar los bloqueos, enfrentando armas de guerra contra civiles.
  • El fin de la supervisión legislativa (Arts. 14 y 15): Actualmente, el Presidente tiene 24 horas para enviar su decreto de excepción a la Asamblea Legislativa, la cual tiene el poder de modificarlo o rechazarlo. Sin esta ley, el Ejecutivo interpretará los plazos a su favor, gobernando por decreto absoluto sin rendir cuentas inmediatas al Parlamento.
  • Asfixia ciudadana (Art. 9): Un artículo vital de la 1341 prohíbe al Estado castigar a los ciudadanos cortando servicios básicos, alimentos o combustible. Si se abroga, las fuerzas estatales podrían aplicar tácticas de sitio militar —cortando luz, agua o telecomunicaciones en zonas de bloqueo— vulnerando flagrantemente los convenios internacionales.

2. El muro constitucional: Los límites que el Gobierno no puede borrar al abrogar la 1341

Aunque la abrogación de la Ley 1341 pretende dar «manos libres» al Ejecutivo y al Alto Mando Militar, la Constitución Política del Estado (CPE) mantiene candados inquebrantables que criminalizan cualquier intento de baño de sangre. El Estado de Derecho en Bolivia no permite ejecuciones bajo ninguna excusa.

El límite intocable del Estado de Excepción (Art. 137 CPE)

La Constitución prevé que el Presidente puede declarar un Estado de Excepción para meter orden, pero le pone un límite absoluto: «La declaración del estado de excepción no podrá en ningún caso suspender las garantías de los derechos, ni los derechos fundamentales, el derecho al debido proceso…».

Esto significa que un Estado de Excepción no permite juicios sumarios militares. Si un uniformado dispara a matar a un bloqueador desarmado, no está «restableciendo el orden», está cometiendo un asesinato.

El derecho a la vida no admite excepciones (Art. 15 CPE)

La CPE es clara: «Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física… No existe la pena de muerte». Si en Bolivia está prohibida la pena capital incluso para un asesino en serie tras un juicio justo, es absolutamente inconstitucional aplicar la «pena de muerte de facto» (ejecución sumaria) a un ciudadano en una carretera.

La excusa de «cumplir órdenes» quedó anulada (Art. 114 CPE)

Este es el candado más temido por policías y militares. El artículo 114.III destruye la vieja excusa de las dictaduras: «Los atentados contra la seguridad personal hacen responsables a sus autores inmediatos, sin que pueda servirles de excusa el haberlos cometido por orden superior».

En la práctica, si el Presidente o un general ordena «despejar la vía usando munición letal», el soldado que aprieta el gatillo es penalmente responsable. Iría a la cárcel de Chonchocoro y no podrá defenderse culpando a su comandante. Las órdenes ilegales no se acatan.

Los crímenes de Estado nunca caducan (Art. 111 CPE)

Si el Estado usa fuerza letal desproporcionada contra población civil, la Constitución establece que los delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra son imprescriptibles. Quien lo ordene (Presidente, ministros, militares) podrá ser juzgado 10, 20 o 50 años después. No hay olvido ni amnistía que los salve.

El escudo internacional (Arts. 410 y 256 CPE)

Bolivia es firmante de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), la cual tiene rango supraconstitucional en materia de derechos. El artículo 27.2 de este tratado prohíbe a los Estados suspender el derecho a la vida y a la integridad personal, incluso en casos de guerra, peligro público o emergencia extrema que amenace la seguridad del Estado.

Conclusión: Un cheque en blanco con boleto a la cárcel

La posible abrogación de la Ley N.º 1341 por parte de la Cámara de Diputados es una señal de alerta roja. Es evidente que el Estado se está preparando jurídicamente para acelerar la represión militar a gran escala y responder a las exigencias de sectores radicales que piden «mano dura».

Abrogar la ley es un riesgo político y administrativo enorme porque permite al Presidente meter a los militares a los bloqueos de forma más fácil y rápida, sin rendir cuentas en 24 horas al Parlamento.

Sin embargo, no elimina la responsabilidad penal ni constitucional.

Si el Gobierno de Rodrigo Paz al abrogar la 1341 como pretexto para ordenar un baño de sangre y cometer ejecuciones sumarias, la Constitución tiene todos los elementos para procesar, juzgar y condenar a la cárcel tanto a las autoridades políticas que dieron la orden (por autoría mediata o masacre blanca), como a los militares que dispararon (autoría material). La abrogación de una ley secundaria jamás borrará el peso implacable de la Constitución y el Derecho Internacional.

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